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Escala salarial SUTERH — mayo 2026

La escala salarial SUTERH de mayo de 2026 rige desde el 1 de mayo de 2026. El encargado permanente de 1ª categoría cobra un básico de $ 1.089.785 con vivienda y $ 1.260.697 sin vivienda, un 4 % más que en abril. Abajo, los 23 puestos del CCT 589/10 por categoría, los pluses y la antigüedad.

Fuente: planilla salarial de SUTERH, importada el 20 de mayo de 2026 · Publicado el 30 de agosto de 2026

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01

Puestos por categoría del edificio

Básicos mensuales de jornada completa (media jornada donde el puesto lo dice), en pesos, con la variación contra la planilla anterior.

Puesto
Encargado Permanente con vivienda art. 7 a)$ 1.089.785 +4,3 %$ 1.044.377 +4,3 %$ 998.970 +4,3 %$ 908.154 +4,3 %
Encargado Permanente sin vivienda art. 7 a)$ 1.260.697 +4 %$ 1.208.168 +4 %$ 1.155.639 +4 %$ 1.050.581 +4 %
Ayudante Permanente con vivienda art. 7 b)$ 1.089.785 +4,3 %$ 1.044.377 +4,3 %$ 998.970 +4,3 %$ 908.154 +4,3 %
Ayudante Permanente sin vivienda art. 7 b)$ 1.260.697 +4 %$ 1.208.168 +4 %$ 1.155.639 +4 %$ 1.050.581 +4 %
Ayudante Media jornada art. 7 e)$ 630.349 +4 %$ 604.084 +4 %$ 577.820 +4 %$ 525.291 +4 %
Personal Asimilado con vivienda art. 7 i)$ 1.089.785 +4,3 %$ 1.044.377 +4,3 %$ 998.970 +4,3 %$ 908.154 +4,3 %
Personal Asimilado sin vivienda art. 7 i)$ 1.260.697 +4 %$ 1.208.168 +4 %$ 1.155.639 +4 %$ 1.050.581 +4 %
Mayordomo con vivienda art. 7 o)$ 1.125.952 +4,3 %$ 1.079.038 +4,3 %$ 1.032.123 +4,3 %$ 938.294 +4,3 %
Mayordomo sin vivienda art. 7 o)$ 1.307.486 +4 %$ 1.253.008 +4 %$ 1.198.529 +4 %$ 1.089.572 +4 %
Personal con más 1 Función con vivienda art. 7 k)$ 1.089.785 +4,3 %$ 1.044.377 +4,3 %$ 998.970 +4,3 %$ 908.154 +4,3 %
Personal con más 1 Función sin vivienda art. 7 k)$ 1.260.697 +4 %$ 1.208.168 +4 %$ 1.155.639 +4 %$ 1.050.581 +4 %

02

Puestos de importe único

La planilla publica un solo básico para estos puestos, cualquiera sea la categoría del edificio.

PuestoBásico mensual
Intendente art. 7 q)$ 1.555.281 +3,4 %
Encargado Guardacoches con vivienda art. 7 j)$ 955.299 +4,2 %
Encargado Guardacoches sin vivienda art. 7 j)$ 1.029.119 +4,1 %
Personal Vigilancia Nocturna art. 7 l)$ 1.127.991 +3,9 %
Personal Vigilancia Diurna art. 7 m)$ 1.056.829 +4 %
Personal Vigilancia Media Jornada art. 7 n)$ 528.414 +4 %
Encargado No Permanente con vivienda art. 7 f)$ 558.435 +5,9 %
Encargado No Permanente sin vivienda art. 7 f)$ 598.586 +5,6 %
Ayudante Temporario art. 7 c)$ 1.037.220 +4,1 %
Ayudante Temporario Media Jornada art. 7 d)$ 518.610 +4,1 %

03

Tarifas por hora y por día

El personal jornalizado (limpieza, hasta 18 horas semanales) se paga por hora; el suplente con horario, por día. La planilla publica la tarifa: no se deriva de un básico.

PuestoUnidadImporte
Personal Jornalizado no más 18 horas art. 7 p)Tarifa por hora$ 10.846,90 +4,3 %
Suplente con horario por día art. 7 g)Tarifa por día$ 47.365,40 +4,3 %

04

Pluses y adicionales de la planilla

Importes absolutos que publica SUTERH: no se prorratean por media jornada. Los porcentuales se aplican sobre el básico del puesto.

Plus o adicionalImporteCarácterVs. mes anterior
Antigüedad (1% Resol. 106/09)
Por año de antigüedad para los incisos d), e), h), n) y p) del art. 7 (media jornada, suplentes de media jornada y jornalizados), art. 11 CCT 589/10.
$ 10.505,80 por añoRemunerativo+4 %
Antigüedad (2% Art. 11)
Por año de antigüedad, régimen general del art. 11 CCT 589/10: el 2 % del básico del ayudante permanente sin vivienda de 4ª categoría.
$ 21.011,60 por añoRemunerativo+4 %
Clasificación de Residuos (Resol. 243/2013 SSRT-GCABA)
Sólo en la Ciudad de Buenos Aires (Resolución 243/2013 SSRT-GCABA).
$ 33.429,70Remunerativo+4,3 %
Plus Jardín$ 26.486,50Remunerativo+4,3 %
Plus Limpieza de Cocheras$ 26.486,50Remunerativo+4,3 %
Plus Limpieza de Piletas y Mantenimiento del Agua$ 44.556,80Remunerativo+4,3 %
Plus Movimiento de Coches (hasta 20 unidades)$ 39.216Remunerativo+4,3 %
Retiro de Residuos por Unidad Destinada a Vivienda u Oficina
Por cada unidad destinada a vivienda u oficina del edificio.
$ 1.940,90 por unidadRemunerativo+4,3 %
Título de Encargado Integral de Edificio
Porcentaje sobre el básico del puesto.
10 % del básicoRemunerativo
Valor Vivienda
Para el personal con vivienda: se liquida como haber y como descuento.
$ 7.130,40Ver nota+4,3 %
Viáticos
No remunerativo: no integra la base de aportes.
$ 73.765,10No remunerativo+4,3 %
Plus Zona Desfavorable
Porcentaje sobre el básico, en las zonas que fija el acuerdo salarial.
50 % del básicoRemunerativo

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Cómo se lee

Categoría del edificio, vivienda y jornada

La categoría (1ª a 4ª) no la elige el consorcio: sale de los servicios centrales del edificio según el art. 6 del CCT 589/10 —agua caliente, calefacción, natatorio, gimnasio, SUM y demás—. El básico «con vivienda» es menor porque el encargado —o portero, como se lo nombra en muchos edificios— recibe la unidad de portería como parte de la retribución. Cómo se encuadra cada puesto

Los puestos de media jornada cobran la mitad del básico de jornada completa; los aportes de obra social, en cambio, se calculan sobre el sueldo de jornada completa de la categoría (art. 10). El sueldo de media jornada, explicado · Los adicionales del convenio

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo rige la escala de mayo de 2026?

Rige para los sueldos devengados desde el 1 de mayo de 2026. SUTERH publicó la planilla y CONSO la importó el 20 de mayo de 2026; si la liquidación del mes ya se pagó con la planilla anterior, la diferencia se liquida como retroactivo.

¿La escala SUTERH es la misma en todo el país?

Sí. El CCT 589/10 es de alcance nacional (art. 3) y la planilla es única: lo que cambia fuera de la Ciudad de Buenos Aires es la filial sindical que cobra la cuota y los pluses geográficos, como zona desfavorable, no los básicos.

¿Qué es el adicional remuneratorio mensual?

Es una suma fija que fijó el acuerdo paritario además del porcentaje sobre el básico. La planilla lo publica «proporcional a cada categoría» sin la tabla de prorrateo; por eso acá figura el importe de referencia, no un importe por categoría.

¿Cómo se calcula la antigüedad del encargado?

Por cada año de antigüedad se paga un importe fijo que publica la planilla: el 2 % del básico del ayudante permanente sin vivienda de 4ª categoría (art. 11 CCT 589/10). Para los incisos d), e), h), n), p) del art. 7 —media jornada, suplentes de media jornada y jornalizados— el porcentaje es el 1 %.

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