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Cómo se fijan los honorarios
No hay arancel legal: el honorario lo acordás con la asamblea y queda en el acta. Las tablas de las cámaras son una referencia, y cada aumento vuelve a pasar por la asamblea.
El Código presume que el mandato se cobra: son tus . Lo que no hace ninguna ley es decirte cuánto. Ni la Ley 941 ni la Ley 14.701 fijan un arancel ni un tope: el número sale de un acuerdo con la asamblea, como todo lo que no decidís solo.
Lo fija la asamblea, y queda en el acta
En CABA, los honorarios se acuerdan entre vos y la asamblea «sin ninguna otra entidad o cámara que los regule», y esa decisión tiene que figurar en el acta. En provincia, la asamblea los establece como punto especial del orden del día, aparte del presupuesto de expensas: cómo se redacta, en el orden del día.
En las dos jurisdicciones, el honorario sólo cambia con aprobación de la asamblea. No lo subís en la liquidación, ni con el visto bueno del consejo. El honorario se cobra con un recibo dentro de la liquidación, igual que cualquier otro renglón que rendís con su comprobante.
La tabla es una referencia
Algunas cámaras publican tablas sugeridas. La de la CAPHyAI se publica cada dos meses. Calcula un mínimo hasta 20 unidades y un valor por cada unidad que pasa de ahí, según la clase del edificio. Las cocheras y bauleras cuentan como media unidad, y los montos no incluyen IVA.
Sirve para llegar a un número que puedas explicar, no para exigirlo. La propia cámara la llama «sugerida».
Ejemplo
Un edificio de 30 unidades y 8 cocheras
Edificio de clase C (servicios comunes), con la tabla de agosto y septiembre de 2026:
- 30 unidades funcionales y 8 complementarias: las complementarias cuentan como 4 unidades. Total, 34 unidades.
- Hasta 20 unidades: $578.000.
- De la 21 a la 40: 14 unidades a $26.600: $372.400.
- Referencia de la tabla: $950.400, sin IVA ni impuestos provinciales.
Es la última tabla que publicó la cámara cuando se actualizó esta página. Antes de usar el número, mirá la vigente en la fuente o en nuestra tabla de honorarios.
La tabla no dice si es por mes; las circulares anteriores de la cámara la presentaban así: confirmalo en la fuente.
Si sos monotributista, facturás eso. Si sos responsable inscripto, le sumás el IVA, y el consorcio paga el total: decilo en la propuesta.
Ojo
Cobrar muy por debajo para entrar es la forma más rápida de conseguir el edificio y de perderlo. Un honorario que no cubre tus horas termina en liquidaciones atrasadas, y el consorcio que te eligió por precio se va con el siguiente más barato. Y ninguna ley prevé un «honorario 13»: si lo querés, se acuerda con la asamblea como cualquier otro monto.
Aclaración legalProvincia de Buenos Aires
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas agrega dos reglas. Antes de cobrar de la cuenta del consorcio, emitís la factura y la mandás al consejo, si lo hay, y a todos los propietarios con la próxima liquidación. Y el cobro es por transferencia a una cuenta tuya, no de un tercero. Si excepcionalmente hay un problema con tu cuenta, lo informás a todos los propietarios en la próxima liquidación o por correo.
Puntos clave
Lo que te llevás de este paso.
- Ninguna ley fija un arancel: en CABA se acuerda con la asamblea «sin ninguna otra entidad o cámara que los regule»; en provincia, la asamblea lo trata como punto aparte.
- Las tablas de las cámaras son sugeridas: sirven para calcular un número defendible, no te obligan ni obligan al consorcio.
- El honorario sólo cambia con aprobación de la asamblea, y esa decisión va al acta.
Preguntas frecuentes
¿Quién fija los honorarios del administrador de consorcio?
La asamblea de propietarios, en acuerdo con el administrador. En CABA la Ley 941 dice que se acuerdan sin ninguna otra entidad o cámara que los regule y que deben figurar en el acta; en la provincia de Buenos Aires la Ley 14.701 exige tratarlos como punto especial del orden del día, aparte del presupuesto de expensas.
¿Las tablas de honorarios de las cámaras son obligatorias?
No. Son tablas sugeridas: la propia cámara lo dice al pie. Sirven como referencia para calcular un número y explicarlo, pero el honorario vale porque la asamblea lo aprobó, no porque figure en una tabla.
Preguntas antes de seguir
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Última revisión: octubre de 2026 · Revisado por Equipo de CONSO