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Los gastos del mes

La liquidación arranca por los gastos del mes: cada uno con su comprobante y en su casillero, ordinario o extraordinario, según lo que dice el Código.

La empieza mucho antes de prorratear: empieza por reunir los gastos del mes, cada uno con su comprobante y en su casillero.

Dos casilleros: ordinario y extraordinario

El Código define las dos clases de comunes. Son ordinarias las de administración y las de reparación o sustitución de cosas y partes comunes que hacen falta para la seguridad, la comodidad y el decoro del edificio, más las que resultan de las obligaciones que la ley, el reglamento o la asamblea le imponen al administrador. Entran también, por letra expresa, las instalaciones de acceso para personas con discapacidad y las vías de evacuación.

Son las que la asamblea dispone por resolución para un gasto puntual. Lo que separa un casillero del otro no es el monto ni lo raro del gasto: es si hubo una resolución de la asamblea que lo dispuso. Lo que la asamblea te encarga como obligación de gestión sigue siendo ordinario.

Cada gasto, con su papel

Antes de anotar un pago, exigí el comprobante original y guardá la copia: la ley porteña y la bonaerense piden conservarla por lo menos dos años, salvo que la asamblea fije un plazo mayor. La liquidación ya cerrada también se archiva, en orden cronológico, junto con las anteriores. Un gasto sin papel no se puede mostrar, y lo que no se puede mostrar no se puede cobrar tranquilo. El orden completo del trabajo está en cómo liquidar expensas paso a paso, y lo que ve el propietario, en cómo leer una liquidación de expensas.

Ejemplo

Los gastos de marzo de un edificio de doce unidades

Sueldo y cargas sociales del encargado, $1.900.000; luz y agua de los espacios comunes, $310.000; abono del ascensor, $240.000; cuota del seguro integral, $180.000; honorarios de administración, $350.000. Ordinarias del mes: $2.980.000.

La asamblea de febrero aprobó pintar el hall por $900.000. Esa factura no se suma a las ordinarias: va en el casillero extraordinario, con el acta que la dispuso a mano. En CABA mostrarla separada es obligación legal; en provincia, la Ley 14.701 no lo exige, pero separarla es lo que te permite explicar la cuenta.

Ojo

Cambiarle el nombre a un gasto no cambia quién lo decide. Cargar una obra que la asamblea no votó como «reparación ordinaria» no la vuelve ordinaria: la deja sin respaldo el día que un propietario pregunte quién la aprobó.

Aclaración legalCiudad de Buenos Aires

El artículo 10 de la Ley 941 pide, en cada liquidación, el detalle de los pagos a proveedores —empresa, CUIT, trabajo, importe y número de cuota— y los importes de ordinarias y extraordinarias en forma separada y diferenciada. La liquidación porteña, además, se arma sobre el modelo único Mis Expensas de la Disposición DGDYPC 856/2014, y desde 2024 lleva un código QR o un enlace a los comprobantes escaneados del período, que tenés que subir dentro de los 15 días corridos del cierre.

Aclaración legalProvincia de Buenos Aires

La Disposición DPPJ 48/2023 manda remitir la liquidación a los correos registrados en el libro de firmas de propietarios y, a quien no registró uno, entregársela impresa en su unidad funcional.

Puntos clave

Lo que te llevás de este paso.

  • Ordinario es administrar, conservar y cumplir lo que la ley, el reglamento o la asamblea te encargan.
  • Extraordinario es el gasto puntual que la asamblea dispone por resolución; en CABA va separado por ley.
  • Cada gasto entra con su comprobante, y la copia se guarda por lo menos dos años.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre expensas ordinarias y extraordinarias?

Las ordinarias cubren la administración del edificio, la reparación o sustitución de lo común necesaria para su seguridad, comodidad y decoro, y las obligaciones que la ley, el reglamento o la asamblea le imponen al administrador. Las extraordinarias son las que la asamblea dispone por resolución para un gasto puntual, como una obra votada. En CABA la liquidación las muestra separadas por ley.

¿Cuánto tiempo hay que guardar los comprobantes de los gastos del consorcio?

En CABA y en provincia de Buenos Aires, la ley pide exigir el original y guardar copia durante por lo menos dos años, salvo que la asamblea fije un plazo mayor. Las liquidaciones, además, se archivan en orden cronológico por mandato del Código Civil y Comercial.

Preguntas antes de seguir

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Última revisión: octubre de 2026 · Revisado por Equipo de CONSO